Nuevas ayudas para niños con necesidades específicas de apoyo educativo para el años 2019-2020, donde se incluye tanto el TDAH como las Altas Capacidades entre otras:
Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar y que presenten necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta y que se encuentren cursando en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presenta necesidades educativas especiales, alguno de los niveles educativos no universitarios.
BENEFICIARIOS
- Ayudas directas para el alumnado incluyendo al afectado por TDAH que requiera por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
. Educación Infantil.
. Educación Primaria.
. Educación Secundaria Obligatoria.
. Bachillerato.
. Ciclos formativos de grado medio y superior.
. Formación Profesional Básica.
- Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
- Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
. Educación Primaria.
. Educación Secundaria Obligatoria.
. Bachillerato.
. Ciclos formativos de grado medio y superior.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
Hasta el 26 de Septiembre incluido. Los solicitantes con certificado reconocido de firma electrónica: a través del registro telemático del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, adjuntando un escaneado de los certificados correspondientes. Los solicitantes sin certificado de firma electrónica lo presentarán en el centro docente en el que vayan a seguir los estudios.
REQUISITOS
Las ayudas podrán ser solicitadas por los alumnos cuyas renta y patrimonio familiares en 2018 hayan superado, los umbrales siguientes según número de miembros:
- miembro: 11.937,00 euros.
- miembros: 19.444,00 euros.
- miembros: 25.534,00 euros.
- miembros: 30.287,00 euros.
- miembros: 34.370,00 euros.
- miembros: 38.313,00 euros.
- miembros: 42.041,00 euros.
- Miembros: 45.744,00 euros.
DOCUMENTACIÓN
1.-Para necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastorno grave de conducta, se requerirá acreditarlo por alguna de las siguientes vías:
- Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma.
- Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo).
- Certificado de discapacidad.
2.- Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje se requerirá, además de lo anterior, la siguiente documentación:
- Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación según los modelos que genera el formulario.
- Certificación expedida por el inspector de zona o del equipo de orientación dependiente de las administraciones educativas.
- Certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro que lo presta (según el modelo que genera el formulario)
- Declaración responsable de la persona que imparta la reeducación pedagógica o del lenguaje de que reúne los requisitos de formación establecidos en la convocatoria.
3.- Para acreditar las circunstancias que dan derecho a la deducción de la renta (familias numerosas, discapacidad calificada, etc.) presentará también documentación acreditativa según el caso: fotocopia del carnet de familia numerosa, del libro de familia, del certificado de discapacidad, de la pensión de orfandad, etc.
4.- Para el caso de alumnos con altas capacidades y necesidad de apoyo educativos:
- Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
- Memoria expedida por el centro o el reeducador que preste el servicio en que conste las características de dicho servicio, así como las horas semanales, el especialista que lo presta y el coste.
CUANTIA
- Enseñanza: hasta 862,00 euros.
- Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
- Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
- Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
- Traslado para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.
- Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
- Libros y material didáctico:
- Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros.
- Restos de niveles de enseñanza posobligatoria: hasta 204,00 euros.
- Reeducación pedagógica o del lenguaje: la que en cada caso se fije como necesaria y suficiente, con un límite máximo de 913,00 euros para cada una de ellas.
- Para altas capacidades intelectuales, la cantidad máxima será de 913,00 euros para la asistencia a programas específicos para este colectivo que no se presten de forma gratuita por la correspondiente administración educativa.