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Nuevas ayudas para niños con necesidades específicas de apoyo educativo para el años 2019-2020, donde se incluye tanto el TDAH como las Altas Capacidades entre otras:

Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar y que presenten necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta y que se encuentren cursando en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presenta necesidades educativas especiales, alguno de los niveles educativos no universitarios.

BENEFICIARIOS

  1. Ayudas directas para el alumnado incluyendo al afectado por TDAH que requiera por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.

. Educación Infantil.

. Educación Primaria.

. Educación Secundaria Obligatoria.

. Bachillerato.

. Ciclos formativos de grado medio y superior.

. Formación Profesional Básica.

  1. Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
  2. Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

. Educación Primaria.

. Educación Secundaria Obligatoria.

. Bachillerato.

. Ciclos formativos de grado medio y superior.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

Hasta el 26 de Septiembre incluido. Los solicitantes con certificado reconocido de firma electrónica: a través del registro telemático del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, adjuntando un escaneado de los certificados correspondientes. Los solicitantes sin certificado de firma electrónica lo presentarán en el centro docente en el que vayan a seguir los estudios.

REQUISITOS

Las ayudas podrán ser solicitadas por los alumnos cuyas renta y patrimonio familiares en 2018 hayan superado, los umbrales siguientes según número de miembros:

  1. miembro: 11.937,00 euros.
  2. miembros: 19.444,00 euros.
  3. miembros: 25.534,00 euros.
  4. miembros: 30.287,00 euros.
  5. miembros: 34.370,00 euros.
  6. miembros: 38.313,00 euros.
  7. miembros: 42.041,00 euros.
  8. Miembros: 45.744,00 euros.

 

DOCUMENTACIÓN

1.-Para necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastorno grave de conducta, se requerirá acreditarlo por alguna de las siguientes vías:

2.- Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje se requerirá, además de lo anterior, la siguiente documentación:

3.- Para acreditar las circunstancias que dan derecho a la deducción de la renta (familias numerosas, discapacidad calificada, etc.) presentará también documentación acreditativa según el caso: fotocopia del carnet de familia numerosa, del libro de familia, del certificado de discapacidad, de la pensión de orfandad, etc.

4.- Para el caso de alumnos con altas capacidades y necesidad de apoyo educativos:

CUANTIA

  1. Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros.
  2. Restos de niveles de enseñanza posobligatoria: hasta 204,00 euros.
  3. Reeducación pedagógica o del lenguaje: la que en cada caso se fije como necesaria y suficiente, con un límite máximo de 913,00 euros para cada una de ellas.